El conflicto es parte de la condición humana. Ya sea con otros o con uno mismo, el conflicto es inevitable.
Desde una perspectiva sociológica, las fricciones que producen los conflictos son lo que permite a las sociedades mantenerse en un movimiento constante y, por lo tanto, en evolución.
Existen muchas formas de gestionar y resolver conflictos. Históricamente, el uso de la fuerza y la violencia ha sido una forma efectiva, aunque poco racional y generalmente conlleva consecuencias fatales. Por eso, a través del pacto social, hemos optado por establecer un aparato de reglas a las que nos sometemos voluntariamente para proteger nuestra integridad y posesiones y para resolver nuestros conflictos de manera pacífica. Conocemos este aparato como Estado de Derecho.
En un Estado de Derecho, el uso de la violencia privada no está permitido para resolver conflictos, sino que se la reservamos al Estado para que utilice, legítimamente, diversos mecanismos coercitivos para sancionar a los trasgresores de la ley.
No se permite, pues, la justicia por mano propia porque, entre otras cosas, para eso están las instituciones del Estado: para resolver los conflictos de las personas.
Al menos así lo hemos aprendido: si alguien tiene un problema con otro, basta con iniciar un procedimiento llamado “juicio” para resolverlo. Sin entrar en tecnicismos legales, el juicio arranca cuando una persona presenta una “demanda” ante un juez en la que expone su conflicto, solicita que llame al otro a cuentas, ambos presentan sus argumentos, para que el juez, a su vez, determine a quién de los dos corresponde la razón.
Bastante sencillo en la teoría, el problema con estos procedimientos es que suelen ser tardados y desgastantes, y es prácticamente imposible llevarlos sin la intervención de abogados.
Con frecuencia los juicios se convierten en batallas campales (muy prolongadas, por cierto) en donde, al final, poco importa el hecho que originó el conflicto, sino quién derrota al otro.
Conste que no hablo de justicia, porque no siempre es lo que prevalece en un juicio. La justicia es un valor que inspira el aparato judicial: dar a cada quien lo que le corresponde, pero no siempre ocurre, pues el aparato está diseñado para que los ganadores se lleven todo y los perdedores se lleven cero, sin puntos intermedios.
Como toda batalla, librar un juicio conlleva costos y el despliegue de recursos importantes, lo que dificulta en la práctica el acceso a la justicia de las personas con menores posibilidades, por más esfuerzos que haga el Estado para colocar a su alcance defensorías públicas gratuitas y otras instancias.
Se trata, muy a menudo, de un ejercicio de resistencia que ganará quien tenga posibilidades de emprender o resistir el asedio más prolongado contra el enemigo. Recalco enemigo, porque suele ser la forma -equivocada- en la que se asimila a la contraparte.
Existen factores que explican por qué los juicios son tardados y desgastantes.
Por una parte, está la carga de trabajo que tienen los juzgados, que tienden a estar rebasados en sus capacidades operativas y de resolución de casos, sin importar las fuertes inversiones que hacen tanto la federación como los estados de la República para mejorar sus capacidades.
Es un tema de aritmética pura: entran más asuntos de los que salen. Es decir, todos los días hay más demandas que sentencias.
Para que los juzgados y tribunales estén al día en su trabajo, la solución más aparente sería invertir en más jueces, más juzgados, más personal. Sin embargo, así como más policías no reduce la criminalidad, más juzgados no hará que la gente tenga menos conflictos.
Tampoco es realista pensar que lo que necesitamos entonces son menos conflictos. Como decíamos, el conflicto es inherente al ser humano. La clave apunta a cómo gestionamos nuestros conflictos.
Abogados y abogadas, como operadores del Derecho en el sistema judicial, suelen tener una visión completamente adversarial, es decir, su incentivo no es necesariamente acudir a juicio para resolver un conflicto, sino para ganar un pleito.
Ese perfil de confrontación, arraigado en la comunidad jurídica desde nuestra propia formación académica, suele traducirse en una esgrima legal permanente para demostrar qué abogado es más diestro, ingenioso y sagaz para atacar y defenderse.
Por último, pero no menos importante, es nuestra proclividad por resolver problemas únicamente por la vía de un juicio.
Desde el año 2008, nuestra Constitución ofrece la posibilidad de resolver conflictos por medios alternos a los juicios tradicionales. Estamos hablando de mediación, conciliación y arbitraje.
No obstante los importantes esfuerzos legislativos e institucionales en la materia, los mexicanos aún preferimos acudir a los tribunales para resolver conflictos.
De hecho, 9 de cada 10 controversias que se presentan ante los poderes judiciales de los estados son en forma de juicio, mientras que solo 1 se hace por la vía de los mecanismos alternativos de solución.
Este fenómeno, en sí mismo, puede tener muchas explicaciones que convendría abordar más adelante. Así lo haremos.
Lo cierto es que, al preferir los juicios tradicionales a la resolución alternativa de conflictos, estamos perdiendo grandes oportunidades, no solo en términos del tiempo y recursos que podríamos ahorrar, sino en la posibilidad de gestionar novedosamente nuestros conflictos y apartarnos de la añeja visión de enemigos que se enfrentan y de vencedores sobre vencidos, para pasar a una en donde las personas encuentran en el conflicto la posibilidad de avanzar juntos y transformar positivamente sus realidades.
