¿Cuánto cuesta la mediación?
En todo el país, la mediación es prestada por especialistas certificados por el tribunal de justicia de cada entidad. Los requisitos para la certificación y su denominación pueden variar, pero usualmente a dicho especialista se le conoce como «mediador».
La forma en la que se presta el servicio también puede variar de una entidad a otra. En el caso de Baja California Sur, la mediación puede ser prestada por mediadores (especialistas) públicos adscritos al Centro de Justicia Alternativa, que está adscrito al Poder Judicial, y por mediadores privados, con autorización de éste último para prestar sus servicios.
Por definición, los servicios que otorgan los mediadores públicos son gratuitos, mientras que los mediadores privados cobran honorarios. Es algo así como la medicina que se otorga en instituciones de salud pública y la que se otorga en consultorios y hospitales privados.
En el caso de la mediación, los especialistas, públicos y privados, están sujetos a la misma regulación y deben observar los mismos principios de ética, confidencialidad y profesionalismo en su función. «Es lo mismo, pero no es igual», podrán decir las personas que se sienten más cómodas en el espacio que brinde un mediador privado, lo cual es importante para desarrollar un elemento crucial en la mediación: la confianza.
Asimismo, las partes que acuden a un mediador privado, pueden encontrar en dicho profesionista a una persona con mayor experiencia en determinada clase de asuntos o materia del mercado, lo cual facilitará la conducción de la mediación hacia el entendimiento y soluciones.
No existe a nivel nacional un arancel que disponga cuánto debe cobrar un mediador privado y, al igual que otras materias del Derecho, la naturaleza de cada caso determinará el honorario del mediador.
Dentro de los aspectos que se tomarán en cuanta para fijar honorarios está, en primer término, el tiempo programado que habrá de dedicarse a la mediación. En este sentido, dentro de las pláticas preliminares que el mediador privado debe sostener con las partes antes de iniciar cada procedimiento, además de proporcionar información sobre l0s características, principios y reglas de la mediación, se debe debe establecer un número estimado de sesiones y la duración de las mismas, en las que se abordará el caso.
Otro aspecto que influirá en la determinación de honorarios del mediador privado es la complejidad del caso, pues tendrá que ver con el tiempo que debe destinar el mediador privado al estudio previo de la materia, conceptos particulares, precedentes, etc.
Otros aspectos, de menor importancia tal vez, pero que influyen en el costo total del procedimiento, es la necesidad de notificar a las partes la invitación para la mediación, pues implica destinar recursos del mediador privado para esta tarea.
Cabe señalar que en la mediación se permite la intervención de peritos y otros especialistas que aporten información y conocimientos especializados que, a su vez, contribuya al esclarecimiento de un conflicto y a alcanzar un acuerdo. Los costos de sus servicios serán sufragados por las partes.
Otro aspecto importante a destacar es a quién le corresponde pagar los honorarios del mediador privado. La sugerencia en este sentido es que sean las dos partes las que contribuyan equitativamente a sufragar los gastos de la mediación, en un sentido de corresponsabilidad.
En conclusión, si bien no hay una tarifa estándar para los servicios de un mediador privado, lo que es seguro es que acudir a la mediación como alternativa para resolver un conflicto, siempre será más económico que entablar un juicio, pues suelen ser procedimientos largos y desgastantes.
Esperamos que esta información le haya sido de utilidad. Si desea obtener un análisis preliminar de un caso para evaluar si es susceptible de mediación, así como un estimado de costos, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
